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De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto del Reglamento Canal de Denuncias Internas, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

El reglamento tendrá por objeto regular el régimen del Canal de Denuncias del Ayuntamiento de Monóvar, así como la situación de las personas que lo utilicen, a fin de que puedan informar sobre acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea y acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave en los términos previstos en el artículo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, Reguladora de la Protección de las Personas que Informen sobre Infracciones Normativas y de Lucha Contra la Corrupción.

En este reglamento se regulará el ámbito personal y material de aplicación, responsables del tratamiento, sistema de denuncias, etc.

La necesidad y oportunidad de su regulación responde de las obligaciones impuestas por la aprobación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que se incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.

En este sentido, el artículo 13.1.a) de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, Reguladora de la Protección de las Personas que Informen sobre Infracciones Normativas y de Lucha Contra la Corrupción, obliga a todas las entidades que integran el sector público a disponer de un Sistema interno de información en los términos previstos en la propia ley; entendiendo comprendidas como integrantes del sector públicos a las entidades que integran la Administración Local.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones y aportaciones durante el plazo de quince (15) días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo podrán hacer llegar sus aportaciones a través del correo: participación@monovar.es

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